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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CACERES SOTO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 08-04-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Rechaza reclamo contra denegación de devolución de $3.713.255 por PPUA del AT 2013, confirmando resolución del SII por incumplimiento del contribuyente en aportar antecedentes requeridos.
Héctor Eduardo Cáceres Soto presentó declaración de renta AT 2013 solicitando devolución de $3.713.255 por pago provisional de utilidades absorbidas. El SII requirió mediante carta certificada Folio N°130204768 de 27 de junio de 2013 la presentación de antecedentes para el 23 de julio de 2013, con el fin de verificar la procedencia de la devolución y subsanar observaciones A07 y F53. El contribuyente no concurrió en la fecha indicada ni aportó los documentos solicitados. Mediante Resolución Ex. N°315128000020 de 22 de noviembre de 2013, el SII denegó la devolución. El contribuyente interpuso r
El tribunal analiza si corresponde anular la resolución porque el SII contaba con información suficiente. Establece que los vicios de un acto administrativo incluyen ausencia de investidura regular, incompetencia, inexistencia de motivo legal, vicio procedural, vicio de forma, desviación de poder e ilegalidad. Concluye que la parte reclamante no acreditó haber proporcionado los antecedentes requeridos durante la fiscalización para comprobar exactitud de su declaración y verificar procedencia de la devolución. Determina que la resolución es consecuencia lógica de la inactividad probatoria del c
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Resolución Ex. SII N°315128000020 de 22 de noviembre de 2013 que denegó la devolución de $3.713.255. Se condena al reclamante en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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