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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INVERSIONES GASA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 29-04-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de devolución de impuesto de primera categoría por utilidades absorbidas. El tribunal confirma resolución del SII que rechaza devolución de $85.616.201 por insuficiencia de documentación acreditatoria durante fiscalización.
Inversiones Gasa Limitada presentó declaración de impuesto a la renta AT 2012 el 9 de mayo de 2012, solicitando devolución de $173.116.209, compuesta por $171.232.403 por pago provisional de impuesto de primera categoría de utilidades absorbidas y $1.883.806 por pagos provisionales mensuales. La declaración contenía pérdida tributaria de $1.146.205.027 originada en gastos financieros de $2.059.534.787 por novaciones y reconocimientos de deuda con bancos. El SII formuló observaciones (códigos A22, A27, A31, F77) y solicitó documentación acreditatoria. Pese a entregas parciales de antecedentes,
El tribunal estima que la resolución reclamada contiene fundamentación suficiente respecto al hecho de que el contribuyente no aportó todos los antecedentes requeridos para comprobar la exactitud de su declaración. Respecto del plazo de fiscalización, entre el 9 de mayo de 2012 (presentación de declaración) y el 12 de abril de 2013 (emisión de resolución) mediaron menos de doce meses, dentro del plazo establecido en artículo 59 inciso final del Código Tributario. Finalmente, en sede jurisdiccional el contribuyente no aportó Libro FUT, Formularios 22 de ejercicios pertinentes, Balance General A
Se rechaza íntegramente el reclamo interpuesto contra la Resolución Exenta N° 3065 de 12 de abril de 2013, confirmándose ésta. Se condena en costas a la parte reclamante. El Director Regional dispondrá el cumplimiento administrativo de lo resuelto.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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