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Tribunal de Valparaiso
OLIVARES JERALDINO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 30-05-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo tributario por falta de justificación del origen de fondos de inversiones, declarándose inadmisibles documentos no aportados oportunamente en sede administrativa.
Nelson Olivares Jeraldino, transportista, fue fiscalizado por el SII respecto del origen de fondos utilizados en inversiones realizadas en 2011. Mediante Citación N°122300284 del 20.08.2014, el SII requirió específicamente documentación justificatoria, que el contribuyente no proporcionó oportunamente. El SII emitió Liquidaciones N°41 y 42 del 24.02.2015 cuestionando el origen de dichos fondos. El contribuyente interpuso reclamo acompañando documentación no presentada en la fase administrativa, alegando que se encontraba bajo régimen de renta presunta.
El tribunal estableció que el contribuyente declaraba bajo renta efectiva con contabilidad completa, no bajo renta presunta como alegaba. Aplicó el artículo 132 inciso 11° del Código Tributario, declarando inadmisibles todos los documentos acompañados en sede judicial que debieron presentarse en respuesta a la citación administrativa. La contabilidad fue timbrada el 11.05.2015, posterior a la citación y liquidaciones. El contribuyente incumplió su carga probatoria de desvirturar con pruebas suficientes las impugnaciones del SII conforme al artículo 21 del Código Tributario y artículos 70 y 71
Se rechaza el reclamo, manteniéndose a firme las Liquidaciones N°41 y 42. Se condena en costas a la reclamante vencida, a regularizarse al dictarse el cúmplase.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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