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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
INVERSIONES TOTORAL LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 04-07-2016 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones Totoral contra SII por denegación de devolución de PPUA, confirmando que contribuyente no acreditó que precio de venta de acciones de Tecsa correspondía a valor comercial.
Inversiones Totoral Limitada vendió el 29 de abril de 2011 sus 221.952 acciones en Empresas Tecsa S.A. a Salfa Ingeniería y Construcción S.A. por $3.314.565.066, generando pérdida de $2.007.851.851 respecto al costo tributario de $5.322.416.917. En la declaración de renta 2012, solicitó devolución de $275.308.899 por PPUA. El SII liberó parcialmente $137.654.450 pero denegó el saldo pendiente mediante Resolución Ex. 3605 de 26 de abril de 2013, al considerar insuficiente la acreditación de que el precio de venta correspondía al valor comercial.
El Tribunal constata que la contribuyente acreditó el costo tributario y la venta de las acciones mediante escritura pública y contabilidad fidedigna. Sin embargo, establece que no aportó antecedentes que demuestren que el precio de venta correspondía al valor comercial o de mercado. El SII se encontraba facultado por el Código Tributario para requerir tales antecedentes dada la magnitud de la pérdida declarada. La facultad de tasar la base imponible del artículo 64 no es aplicable; el Servicio ejercía facultades generales de fiscalización. La reclamante no acreditó ante el Tribunal que la ope
Se rechaza íntegramente el reclamo y se confirma la Resolución Ex. 3605 del SII que denegó la devolución del saldo pendiente de PPUA. Se exime del pago de costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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