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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
Rivero Alvarez con SII DIRECCIÓN REGIONAL PUNTA ARENAS
Fecha: 04-07-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
PARCIAL Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge recurso de reclamación contra liquidaciones de IGC e IPC del SII por falta de acreditación de origen de fondos en inversiones inmobiliarias y en fondos mutuos realizadas durante 2011.
Alicia Ximena Rivero Álvarez, corredora de propiedades, fue objeto de liquidaciones tributarias por el SII por período abril 2012 (Liq. 26 y 27) que cuestionaban el origen de fondos de inversiones realizadas en 2011: compra de tres inmuebles por $279.071.401, inversión en fondos mutuos por $226.948.000 y operaciones en moneda extranjera por US$249.950. La contribuyente alegó que los fondos provenían de crédito de consumo propio, remesas de su esposo (ingeniero que trabajaba en el extranjero) y herencia de su madre fallecida en mayo 2011.
El Tribunal analizó las inversiones cuestionadas clasificándolas en tres rubros: bienes raíces, fondos mutuos y moneda extranjera. Respecto de la inversión inicial de $10.000.000 en fondos mutuos (8 julio 2011), determinó que se encontraba acreditado el origen en crédito de consumo obtenido el 9 junio 2010 por $23.500.000, rechazando el argumento del SII sobre falta de razón de negocio, ya que el artículo 70 del Código Tributario exige acreditar origen de fondos y no disponibilidad ni motivos subjetivos. Respecto de inversiones posteriores (septiembre-diciembre 2011), determinó que provenían d
Se deja sin efecto las Liquidaciones 26 (IGC) y 27 (IPC) dictadas por el SII Regional Punta Arenas de fecha 15 julio 2015, acogiendo el recurso de reclamación interpuesto por Alicia Ximena Rivero Álvarez.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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