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Tribunal de Valparaiso
CATALÁN DÍAZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 29-07-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de impuesto a la herencia. El tribunal confirma que los herederos por representación deben pagar el impuesto conforme a la persona representada, aplicando la exención y tasa correspondiente a la hermana del causante.
Rodrigo Catalán Díaz reclama contra Liquidación N°162 del SII por impuesto a la herencia. En 2009 su tío Carlos Díaz Puebla le prestó 6.000 UF y transfirió acciones de Copec S.A., falleciendo el 17.09.2011. Los herederos (sobrinos) fueron Patricia, Érica, Carlos y Rodrigo Catalán Díaz, quienes heredaron por derecho de representación de su madre Aurora Díaz Puebla (ya fallecida). El SII liquidó el impuesto en 1.120,13 UTM por cada heredero. El reclamante cuestiona plazos, validez del procedimiento, clasificación del tributo y cálculo del impuesto.
El tribunal establece que la fiscalización no fue extemporánea conforme artículo 59 CT, pues no se inició por requerimiento sino por presentación de declaración de herencia por los mismos herederos. El plazo de dos años para pagar comenzó el 18.09.2011 y venció el 17.09.2013, por lo que el plazo del artículo 200 CT para revisar se computa desde 18.09.2013 hasta 18.09.2016. La liquidación fue válidamente emitida dentro de ese plazo. Los herederos por representación (artículos 984, 985, 986 CC) deben pagar el impuesto que corresponde a la persona representada (Aurora Díaz Puebla), no como si hub
Se rechaza el reclamo. Se mantiene firme la Liquidación N°162. Se condena en costas a la parte reclamante vencida.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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