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Tribunal Antofagasta
CIOCCA CIOCCA Y ECHAVERRÍA LIMITADA y otro con SII-DIRECCIÓN REGIONAL ANTOFAGASTA
Fecha: 09-09-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza devolución de $10.842.714 por PPUA solicitada por empresa porque no acreditó fehacientemente pérdida tributaria ni origen de créditos con documentación contable completa.
Ciocca Ciocca y Echeverría Limitada solicitó devolución de $10.842.714 en su declaración de renta 2015 (formulario 22, folio 240072575), correspondiente a pagos provisionales por utilidades absorbidas (PPUA) y otros créditos. El SII notificó observaciones A22 y F77, requiriendo documentación que sustentara la pérdida tributaria de $63.780.672 y la procedencia de los créditos. La empresa no aportó los antecedentes solicitados en plazo. El SII rechazó la devolución por falta de acreditación. La empresa reclamó alegando haber entregado documentos personalmente el 20 de octubre de 2015 sin constan
El Tribunal estimó que para acreditar renta efectiva mediante contabilidad fidedigna se requiere tanto los libros contables como la documentación sustentatoria de cada registro. La empresa aportó balance 2014, libro FUT, libros de remuneraciones, compras y retenciones, pero sin documentación fundante completa. Se concluyó que: (1) no se acreditó fehacientemente la pérdida tributaria de $63.780.672; (2) las remuneraciones pagadas durante 7 meses sin actividad carecían de justificación; (3) las compras registradas en período sin funcionamiento del restaurante no tenían facturas que probaran su n
Se rechaza la reclamación en todas sus partes y se confirma la Resolución EX. SII N°102301000002 del 11 de diciembre de 2015 que negó la devolución del saldo de $10.842.714. No se condena en costas por haber motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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