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Tribunal del Biobio
VERA GAJARDO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 25-10-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones tributarias por falta de prescripción y por insuficiencia de pruebas respecto al origen de fondos.
Carmen Gloria Vera Gajardo, contribuyente dedicada a casinos y clubes sociales, reclamó contra liquidaciones fiscales Nos. 768 y 769 del 26.08.2015, emitidas por la VIII Dirección Regional del SII. La operación cuestionada fue informada el 30.11.2011, haciéndose exigible el 30.04.2012. El SII citó al contribuyente conforme al artículo 63 del Código Tributario el 24.04.2015, otorgando posteriormente una prórroga de un mes. Las liquidaciones fueron notificadas el 28.08.2015.
El Tribunal analizó dos cuestiones: (1) Prescripción: El plazo ordinario de tres años desde 30.04.2012, sumado a tres meses por citación conforme al artículo 63 y un mes adicional por prórroga, expiraba el 30.08.2015. Las liquidaciones fueron notificadas el 28.08.2015, dentro del plazo legal. (2) Nulidad: La contribuyente no probó suficientemente el origen de los fondos ni acompañó documentación contable-tributaria. El SII efectivamente valoró la carpeta de investigación fiscal, sin transgredir el principio de legalidad. La acción de nulidad de derecho público corresponde a tribunales ordinari
Se rechaza la reclamación. Se confirman íntegramente las liquidaciones Nos. 768 y 769 del 26.08.2015. No se condena en costas por estimarse que la contribuyente tuvo motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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