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Tribunal R. Metropolitana. Primero
SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL con ALONSO CANDIA
Fecha: 25-10-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
ACOGE Ha Lugar
Tribunal rechaza denuncia por tentativa de obtención fraudulenta de devolución de impuestos, pues la devolución nunca se materializó al ser observada por el SII, faltando elemento configurador del tipo penal.
Pablo Ignacio Alonso Candia, contribuyente de segunda categoría con actividad de servicios personales, presentó declaración de impuesto a la renta año 2015 incluyendo maliciosamente códigos, ingresos, créditos y retiros propios de primera categoría, solicitando devolución de $4.079.632. El SII observó la solicitud de devolución impidiéndola. Posteriormente, el contribuyente rectificó su declaración dejándola en cero.
El tribunal analiza el artículo 97 N°4 inciso 3° del Código Tributario que sanciona al que obtuviere devoluciones de impuesto que no correspondan. El tribunal concluye que el perjuicio fiscal es elemento integrante del tipo penal, no mera condición objetiva de punibilidad, requiriendo que el dolo abarque tanto las maniobras fraudulentas como la obtención efectiva de la devolución y el perjuicio resultante. Como la devolución fue observada y nunca se materializó, no se produjo perjuicio fiscal ni enriquecimiento patrimonial del denunciado, frustrándose el delito y no configurándose la infracció
Se rechaza el Acta de Denuncia N°01 de fecha 20 de abril de 2016, por cuanto no existió devolución de impuesto que el tipo infraccional exige conforme artículo 97 N°4 inciso tercero del Código Tributario.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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