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Tribunal de la Araucanía
LOPEZ MORALES con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 18-11-2016 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente por multa por pérdida de documentos tributarios en robo, desestimando que haya constituido caso fortuito por falta de diligencia en su custodia.
Contribuyente agrícola López Morales comunicó al SII el 29 de agosto de 2016 la pérdida de documentos tributarios (facturas y guías de despacho) sustraídos en robo de su vehículo estacionado en vía pública. El vehículo fue dejado desatendido aproximadamente 45 minutos mientras realizaba cotizaciones agrícolas, siendo forzada la puerta y sustraído dinero en efectivo por $1.300.000 junto con la documentación. Reclamante adjuntó denuncia ante Carabineros del 10 de agosto de 2016 como antecedente de la infracción notificada.
El tribunal analiza la obligación de custodia de documentos tributarios conforme artículo 17 del CT y los requisitos del caso fortuito según artículo 45 del CC, determinando que faltó imprevisibilidad e irresistibilidad. Los robos de vehículos son hechos previsibles en el país, obligando al contribuyente a tomar resguardos. La irresistibilidad no concurre pues el reclamante tenía la opción de no dejar el vehículo desatendido en vía pública. El tribunal estima que existe falta de diligencia y cuidado en la custodia de la documentación tributaria, calificando la pérdida como no fortuita. Las acc
Se rechaza el reclamo del contribuyente. Se confirma la infracción sancionada en artículo 97 N°16 del CT del acta de denuncia folio 16008836 de 29 de agosto de 2016, aplicándose multa de 14 unidades tributarias mensuales con condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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