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Tribunal del Biobio
TRANSPORTES PEDRO MONTECINOS AGUILERA E.I.R.L con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCION
Fecha: 23-11-2016 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación de impuesto de primera categoría por subdeclaración de ingresos. El tribunal desestima la excepción de prescripción y confirma la tasación de renta según artículo 35 LIR.
Transportes Pedro Montecinos Aguilera E.I.R.L. fue citada por el SII el 26 de febrero de 2015 por inconsistencias entre formularios 22 (anuales) y 29 (mensuales) de 2012. Respondió el 10 de abril de 2015 sin aclarar las diferencias. El SII emitió liquidación n.° 172 del 30 de julio de 2015, tasando la renta líquida imponible mediante porcentaje de ventas con base en promedio de otros contribuyentes del mismo ramo.
El tribunal rechaza la prescripción porque el artículo 200 inciso 4 del Código Tributario amplía plazos por citación sin distinguir si es obligatoria o facultativa, siempre que se indiquen operaciones determinadamente. La citación sí especificó el problema: inconsistencias entre declaraciones mensuales y anuales. La tasación conforme artículo 35 LIR es legal cuando no consta la renta fehacientemente. El deber de reserva del artículo 35 CT impide identificar otros contribuyentes. Las circulares del SII no vinculan al tribunal ni al contribuyente, solo a funcionarios. La contribuyente no refutó
Se rechaza la excepción de prescripción y el reclamo deducido. Se confirma la liquidación n.° 172 de 30 de julio de 2015. Se condena al reclamante en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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