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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
PROMOCIONES Y MODELOS LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 16-12-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones por IVA y Renta. Se anulan liquidaciones de IVA por vicios procedimentales en la citación, pero se mantienen liquidaciones de Impuesto de Primera Categoría por declaraciones maliciosamente falsas con facturas falsas.
Promociones y Modelos Limitada fue fiscalizada en dos procedimientos por supuestas irregularidades en declaraciones de IVA y Renta de 2007-2012. Se determinaron diferencias por $3.669.192.126 mediante Liquidaciones Nos. 10 a 85 notificadas el 12 de marzo de 2013. La empresa utilizó facturas de proveedor Gonzalo Valdivia Jorquera para servicios de recursos humanos en campañas publicitarias, pagadas mediante cheques nominativos. El SII rechazó el crédito fiscal por considerar las facturas material e ideológicamente falsas.
El tribunal concluyó que las Liquidaciones de IVA (Nos. 10 a 67) son nulas por vicio procesal: la citación se practicó fuera del plazo fatal de 6 meses establecido en Ley N°18.320, ya que expiraba el 8 de septiembre de 2011 pero se cursó el 31 de octubre de 2012. La citación es un trámite esencial conforme a Ley N°20.322. Sin embargo, las Liquidaciones de Impuesto de Primera Categoría (Nos. 17, 30, 31, 42, 49, 57) fueron válidamente practicadas dentro del plazo extraordinario de 6 años por ser declaraciones maliciosamente falsas. La prueba acreditó que la empresa tuvo conocimiento y participac
Se acoge parcialmente el reclamo. Se anulan Liquidaciones Nos. 10 a 16, 18 a 29, 32 a 41, 43 a 48, 50 a 56 y 58 a 67 (IVA). Se rechazan Liquidaciones Nos. 17, 30, 31, 42, 49 y 57 (Impuesto de Primera Categoría). Sin condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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