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Tribunal R. Metropolitana. Primero
HIPERMARC S A con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 22-12-2016 · Materia: Resolución · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza reclamo de Hipermarc S.A. contra resoluciones del SII que desestimaron rectificación de declaración de renta 2011 y determinaron ajustes a pérdida tributaria, por falta de fundamentación de argumentos de fondo.
Hipermarc S.A. presentó declaración F22 para AT 2011 en blanco el 10.05.11. El 11.08.11 intentó rectificar vía web, siendo rechazada. El 19.10.11 presentó formulario 2117 solicitando rectificación manual. El SII emitió Resolución Ex. DGC N°42 (17.04.14) denegando la solicitud, argumentando que no existía pérdida de ejercicios anteriores para imputar al AT 2011. Posteriormente, el 21.04.14 se practicó Citación N°18 y el 21.08.14 se dictó Resolución Ex. DGC N°127 realizando ajustes a la RLI. Hipermarc reclamó ambas resoluciones ante el Tribunal Tributario.
El tribunal estableció que corresponde apreciar la validez del acto administrativo según artículo 76 inciso segundo de la Constitución. Rechazó el argumento de citación extemporánea por considerar que la citación N°18 fue anterior a la Resolución N°127. Respecto a los argumentos de fondo sobre determinación de la RLI, el tribunal consideró que Hipermarc no aportó prueba suficiente para acreditar los ajustes cuestionados, siendo obligación del contribuyente probar conforme artículo 21 del Código Tributario. El tribunal concluyó que las resoluciones del SII se fundamentaban en el reconocimiento
Se rechaza el reclamo interpuesto por Hipermarc S.A. en contra de las Resoluciones Ex. DGC 17.000 N°42 de 17.04.14 y Ex. DGC 17.000 N°127 de 21.08.14, confirmándolas en todas sus partes. Se condena al reclamante al pago de costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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