Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal del Maule
ESTADIO ESPANOL DE CURICO SA con SII-VII DIRECCION REGIONAL TALCA
Fecha: 29-12-2016 · Materia: Giro · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Estadio Español de Curicó contra cobros suplementarios de Impuesto Territorial por incumplimiento de requisitos de exención deportiva, confirmando modificación retroactiva de avalúo.
Estadio Español de Curicó S.A. reclamó contra giros suplementarios de Impuesto Territorial (años 2012-2014) por $58.814.878. El SII modificó el avalúo del inmueble Rol 56-44 mediante Resoluciones A07.2014.00033160 y A07.2014.00033161 del 31.12.2014, eliminando exención que gozaba desde 2002. Previamente, mediante Ordinario 1110 del 02.07.2014, SII requirió acreditación de convenios con colegios subvencionados para años 2011-2014. Contribuyente presentó convenio de 2009 con Escuela Cataluña, pero no acreditó cumplimiento de requisitos reglamentarios.
Tribunal estima que SII tiene facultad para modificar avalúos por error u omisión en exenciones (letra g) artículo 10 Ley 17.235), limitada por prescripción de tres años. Rechaza argumento reclamante respecto a vigencia desde 2015, concluyendo que hecho determinante es incumplimiento efectivo de requisitos de exención deportiva desde año 2011. Ley 20.033 deroga normas antiguas de exención y fija nuevos requisitos (convenios refrendados, informe técnico del Instituto Nacional del Deporte), verificables por SII. Contribuyente no acreditó refrendación de convenio ni cumplimiento reglamentario, po
Se rechaza reclamo tributario interpuesto contra giros suplementarios de contribuciones folios 140000560449127, 140000560449143, 1400005604412K, 14000046044146, 140000560449135 y 14000056044013. Se confirman giros emitidos. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre 4.031 oficios + 830 circulares + 1.687 resoluciones del SII (2013-2026). Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.