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Tribunal del Biobio
HENRIQUEZ MAGGIOLO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 15-02-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidación que rechaza gasto de station wagon por no ser necesario para producir renta, aplicando artículos 21 y 31 de la LIR.
Angela María Henriquez Maggiolo, factor de comercio, fue fiscalizada por el SII respecto de una station wagon Chevrolet Suburban valorizada en $31.450.000, registrada en su contabilidad como gasto de su giro de venta de combustible en estación Copec. El SII objetó el uso del vehículo presumiendo uso personal y emitió Liquidación N° 57 de 15 de marzo de 2016. La contribuyente reclama alegando que el gasto debe proporcionarse a los meses de uso empresarial y que no puede ser obligada a probar un hecho negativo.
El tribunal cita los artículos 21 y 31 de la Ley de la Renta. El artículo 21 inciso iii) establece que no se deducen beneficios del uso de bienes no necesarios para producir renta, con presunción de mínimo 20% para automóviles y station wagons. El artículo 31 prohíbe deducir gastos de adquisición y mantención de station wagons salvo que ese sea el giro habitual del contribuyente. Siendo el giro de la reclamante la venta de combustible y no la comercialización de vehículos, la ley en forma imperativa rechaza la deducción del gasto, sin necesidad de acreditar uso personal.
Se rechaza el reclamo deducido por Angela María Henriquez Maggiolo en contra de la Liquidación N° 57 de 15 de marzo de 2016, dejando firme el rechazo del gasto de station wagon por no ser necesario para producir la renta según artículos 21 y 31 de la LIR.
Artículos citados:
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