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Tribunal de Magallanes y Antártica Chilena
Servicios Industriales y Mineros Porvenir SPA con SII DIRECCIÓN REGIONAL PUNTA ARENAS
Fecha: 17-03-2017 · Materia: Resolución · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
ACOGE Ha Lugar Revocatorio
Tribunal acoge parcialmente reclamo de Servicios Industriales Porvenir contra denegación de devolución de $37.817.269 por vicio de fundamentación de Resolución Exenta N°045 del SII.
Servicios Industriales y Mineros Porvenir SpA presentó Declaración de Impuesto a la Renta 2015 solicitando devolución de $37.817.269. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Exenta N°045 de 3 de diciembre de 2015, alegando observaciones A08, A09, A25 y F77. La contribuyente presentó Reposición Administrativa Voluntaria en enero 2016, aportando abundante documentación. Mediante Resolución Exenta N°59717 se subsanaron algunas observaciones, permaneciendo A08, F77 y A09 parcialmente.
El tribunal analiza el cumplimiento de la obligación de fundamentación de actos administrativos conforme a la Ley N°19.880. Constata que la Resolución Exenta N°045 adolece de manifiesta falta de fundamento, limitándose a enumerar códigos de observaciones sin explicar cómo estas justifican la denegación de la devolución. Se señala que los actos administrativos que afecten derechos de particulares deben expresar hechos y fundamentos de derecho de forma específica. Respecto a las observaciones sustantivas (A08, A09, F77), el tribunal examina si la documentación aportada en la RAV resulta suficien
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto la Resolución Exenta N°045 del 3 de diciembre de 2015 por vicio de falta de fundamentación. Se ordena al SII dictar nueva resolución fundada que resuelva sobre la devolución de $37.817.269, considerando la documentación aportada en la Reposición Administrativa Voluntaria.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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