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Tribunal de Valparaiso
ALEJANDRO MORALES S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 23-03-2017 · Materia: Resolución · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo tributario por error procesal del SII al dictar resolución denegatoria de devolución un día después de otorgar nuevo plazo aún vigente, vulnerando principios de buena fe y legítima confianza.
Alejandro Morales S.A. solicitó devolución de $3.799.179 por excedentes de pagos provisionales mensuales del año 2016. El SII fiscalizó su declaración de renta (Formulario 22) detectando inconsistencias en requisitos del artículo 14 Ter y dividendos (F1884). La contribuyente concurrió el 14.09.2016 pidiendo plazo, otorgándosele hasta 26.10.2016, pero no pudo asistir por huelga legal del SII. Volvió el 05.12.2016 sin documentación, fijándose nueva comparecencia para 27.12.2016. Sin embargo, el 06.12.2016 el SII dictó Resolución 1719 denegando la devolución.
El tribunal constató hechos no controvertidos estableciendo que a la fecha de dictación de la resolución impugnada aún se encontraba vigente el plazo otorgado para que el contribuyente aportara antecedentes aclaratorios. La improcedencia de la actuación reclamada contraviene los principios de Legítima Confianza y Buena Fe en materia tributaria, así como el principio de "venire contra factum proprium non valet". El SII actuó en contradicción con su anterior conducta jurídica al dictar resolución denegatoria sin fundamentación del cambio de criterio y antes de que venciera el plazo que él mismo
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Resolución 1719 de 06.12.2016. Se ordena al contribuyente agotar la vía administrativa pendiente sin perjuicio de accionar nuevamente una vez consumada la fiscalización. No se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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