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Tribunal de la Araucanía
Turismo Misi Limitada con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 24-04-2017 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y deja sin efecto infracción por no emisión de documentos tributarios, al ser basada en actuación fiscalizadora nula que infringió horario hábil.
Turismo Misi Limitada, empresa operadora de centro termal, fue fiscalizada el 18 de enero de 2016 fuera de horario hábil (después de las 22:00 horas). En esa ocasión se retiró un cuaderno de control interno con comprobantes de depósitos. Más de un año después, el 20 de enero de 2017, se cursó infracción por no emisión de documentos tributarios correspondientes a depósitos y transferencias bancarias por servicios de termas, canopy y cabañas entre el 7 de diciembre de 2015 y 2 de enero de 2016, por monto de $3.088.000.
La primera fiscalización del 18 de enero de 2016 fue declarada nula por sentencia ejecutoriada de la Corte de Apelaciones de Temuco por infringir el artículo 10 del Código Tributario (horario hábil). Los comprobantes y documentos utilizados para cursar la infracción reclamada fueron obtenidos únicamente en esa actuación viciada. El tribunal estima que la irregularidad no solo invalidó la infracción anterior sino que corrompió en su sustancia los antecedentes obtenidos, impidiendo que sirvieran de base válida para futuras actuaciones. El consentimiento de un dependiente para retirar el cuaderno
Se acoge el reclamo de Turismo Misi Limitada y se deja sin efecto la infracción N°1445887 de 20 de enero de 2017. Se condena en costas a la reclamada por carecer de motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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