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Tribunal de la Araucanía
Castro Vergara con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 03-05-2017 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra infracción por no emisión de guía de despacho en traslado de frutas y verduras para venta, confirmándose multa del 200% del monto de la operación.
Nelson Castro Vergara, comerciante de frutas y verduras, fue fiscalizado el 3 de febrero de 2017 en ruta Freire-Villarrica trasladando tomates, cebollas y morrones desde Lautaro hacia Pucón para venta. El SII le cursó infracción por no emisión de guía de despacho. El reclamante alegó portar guía de despacho del proveedor (N° 0259 de fecha 2 de febrero), pero dicho documento solo amparaba traslado desde Vega Modelo de Temuco hasta su domicilio en Lautaro. El contribuyente había sido advertido en enero de 2017 sobre obligación de emitir guías sin resultar multado en esa ocasión.
El tribunal estableció que en materia infraccional rigen las garantías del derecho penal, correspondiéndole al SII acreditar la infracción con prueba suficiente. Se determinó que la guía de despacho del proveedor no era válida para amparar el traslado de Lautaro a Pucón, siendo necesaria una guía propia del contribuyente. El artículo 55 inciso 5° de la Ley de IVA exige emitir guía de despacho cuando no se emite factura al momento de entrega. Se comprobó reincidencia: Castro Vergara había sido notificado de infracción similar el 19 de febrero de 2016 (folio 1375035). El tribunal aplicó criterio
Se rechaza reclamo de Castro Vergara. Se confirma Notificación de Infracción N° 1445763 de 3 febrero 2017. Se aplica multa de $106.000 (200% del monto de operación) y clausura de 3 días. No se condena en costas por motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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