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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SOCIEDAD AUTOMOTRIZ GUILLERMO MORALES LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 18-05-2017 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Sociedad Automotriz por denegación de devolución de $31.127.297 en PPM del AT 2012, confirmando resolución del SII por falta de acreditación de la procedencia de la devolución.
Sociedad Automotriz Guillermo Morales Ltda. presentó declaración de impuesto a la renta AT 2012 solicitando devolución de $31.127.297 por exceso de Pagos Provisionales Mensuales (PPM). El SII emitió Resolución Ex. N°215200000104 del 19 de noviembre de 2012 denegando la devolución, invocando observaciones A08, A20, A25 y F23, argumentando que el contribuyente no aportó antecedentes suficientes para verificar la exactitud de su declaración. La reclamante presentó RAF que fue igualmente denegada mediante Resolución Ex. N°28.185 del 15 de julio de 2013.
El tribunal estableció que la parte reclamante debía probar la procedencia de la devolución según artículo 21 del Código Tributario. Analizó que la resolución reclamada no adolecía de falta de fundamentación, pues se basaba precisamente en la inactividad probatoria del contribuyente durante la fiscalización. Respecto de la procedencia de la devolución, el tribunal constató que la documentación aportada era insuficiente: faltaban libros auxiliares de activo fijo, documentación respaldatoria de ganancias e ingresos, y análisis detallado de ajustes tributarios. Aplicó el principio de que correspo
Se rechaza íntegramente el reclamo, confirmándose la Resolución Ex. N°215200000104 del SII del 19 de noviembre de 2012. Se condena en costas a la parte reclamante. El Director Regional dispondrá el cumplimiento administrativo de lo resuelto.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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