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Tribunal de la Araucanía
COMERCIALIZ DE MADERAS JORGE GOUET BANARES EIRL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 05-06-2017 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente de maderas contra denegación de devolución de IVA retenido por cambio de sujeto, estimando que la sola inclusión en nómina de difícil fiscalización no justifica denegar legalmente el derecho a devolución.
Comercializadora de Maderas Jorge Rodrigo Gouet Bañares E.I.R.L. solicitó devolución de IVA retenido por cambio de sujeto en períodos octubre, noviembre y diciembre de 2015 (391,14 UTM, 298,13 UTM y 86,72 UTM respectivamente). El SII denegó las solicitudes mediante Resoluciones Exentas 149812, 151370 y 152019, argumentando que la empresa estaba incluida en nómina de contribuyentes de difícil fiscalización por anotaciones negativas. La empresa acompañó documentación completa de las operaciones: facturas, cheques, transferencias y guías de despacho.
El tribunal razonó que la norma del artículo 3° del DL 825 autoriza a vendedores afectados por cambio de sujeto a solicitar devolución de créditos fiscales, requisito que debe ser cursar dentro de 30 días si cumple requisitos formales. Estableció que usar la nómina de difícil fiscalización como único fundamento para denegar devolución viola la ley, pues la misma causal que motiva el cambio de sujeto no puede fundamentar también la negativa de devolución, haciendo ilusorio el derecho legal. Las anotaciones negativas son medidas preventivas, no actos terminales, insuficientes para denegar devolu
Se acoge el reclamo dejando sin efecto las tres Resoluciones Exentas denegatorias, ordenando al SII cursar las devoluciones de IVA retenido por los montos originalmente solicitados. Se condena en costas al SII por no tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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