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Tribunal de la Araucanía
DIST. VENTA GAS LICUADO ROBERTO MORENO CASTRO EIRL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 16-08-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Reclamación contra liquidación de impuestos por año 2013 que rechazó costos directos de bienes y servicios. Se cuestiona la falta de fundamentación de la liquidación y se defiende la exactitud de los costos declarados.
Distribuidora de Gas Licuado Roberto Moreno Castro EIRL fue revisada por el SII por año tributario 2013. Se formularon observaciones A85, B21, B25, F90 y F95. La empresa no comparecció a la citación de aclaración del 13 de agosto 2013 ni respondió Citación 132309323 del 10 de diciembre 2015. El 18 de marzo 2016 se emitió Liquidación 309201000370 determinando impuesto de Primera Categoría de $46.622.371 por rechazo de costos directos. Se interpuso reposición administrativa el 25 de abril 2016 que fue desechada.
El reclamante cuestiona la nulidad de la liquidación por falta de fundamentación detallada: no especifica qué facturas generan el exceso de costos, no explica cómo se calcula la cifra de $134.681.403 sumada a la base imponible, ni cómo obtiene el impuesto resultante. Argumenta que viola el derecho de defensa al no permitir conocimiento cabal de las observaciones, infringiendo artículos 2 de Ley 18.575, artículos 6 y 7 de la CPR y artículo 11 inciso 2° de Ley 19.880. En cuanto al fondo, sostiene que los costos de venta del año 2012 alcanzaban exactamente $409.946.368 como fue declarado, explica
Se acogió a tramitación el reclamo tributario contra Liquidación 309201000370 de 18 de marzo 2016, solicitándose se declare la nulidad o, alternativamente, se deje sin efecto desde el punto de vista del fondo, con condenación de costas al SII.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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