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Tribunal R. Metropolitana. Primero
PÉREZ CALDERÓN con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL
Fecha: 31-08-2017 · Materia: Artículo 19 Nº 24 CPR
RECHAZA Ha Lugar No Ha Lugar
Rechazo por extemporáneo de demanda de vulneración de derechos respecto a negativa del SII de autorizar inscripción de acciones vendidas hace más de 10 años, por haberse interpuesto fuera del plazo de 15 días hábiles.
La madre del reclamante vendió nuda propiedad de acciones de Copec y AntarChile a sus cuatro hijos mediante escritura de 12 de abril de 2005, conservando usufructo. Tras su fallecimiento en 2013, los hijos solicitaron autorización del SII para inscribir las acciones conforme al artículo 43 de la Ley 16.271. El SII requirió acreditar el carácter oneroso de la operación mediante documento de pago. Ante la negativa del 24 de junio de 2015, el reclamante interpone recurso de vulneración el 7 de julio de 2015, aunque tenía noticia de resoluciones anteriores desde octubre de 2014.
El tribunal analiza que el plazo fatal para recurrir de vulneración de derechos es de 15 días hábiles conforme al artículo 155 del Código Tributario. Consta que los recurrentes tuvieron noticia de la negativa como mínimo desde el 24 de octubre de 2014 (Resolución DJU 13.00 N° 3138) y más aún desde el 4 de diciembre de 2014 (Resolución Exenta N° 4377 que declaró inadmisible el recurso jerárquico). Al interponer el recurso el 7 de julio de 2015, habían transcurrido aproximadamente siete meses, excediendo largamente el plazo fatal. Se invoca artículo 155 del Código Tributario y principios de segu
Se rechaza el reclamo por vulneración de derechos por extemporáneo. Se condena en costas al reclamante por haber sido vencido totalmente.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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