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Tribunal L.G.B. Ohiggins
Pérez Donoso Jaime Aron con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VI DR RANCAGUA
Fecha: 28-11-2017 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra infracción por no emitir guía de despacho. Anula la notificación por falta de claridad en la tipificación de la conducta infraccional y vulneración del derecho a defensa.
El 9 de junio de 2017, el SII fiscalizó un camión conducido por Jaime Aron Pérez Donoso en el Peaje Camarico, San Rafael. El conductor trasladaba 1.710 kilos de zapallos orgánicos sin documento tributario que amparara el traslado. Al ser consultado, el conductor no identificó al vendedor. El SII cursó Notificación de Infracción Folio N°1398433 por infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario. El reclamante señaló que compró los zapallos por internet para dárselos de comida a animales de su propiedad.
El tribunal analiza la infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario, que sanciona el no otorgamiento de guías de despacho. Examina los artículos 52 a 55 del DL 825 (Ley de IVA), concluyendo que solo contribuyentes afectos al IVA están obligados a emitir estos documentos. Determina que el acto infraccional presenta deficiencias graves: la conducta descrita en la notificación es ininteligible, afectando el derecho a defensa. Reconoce que aunque el testimonio del fiscalizador aclara que se pretendía aplicar el artículo 55 inciso final (responsable solidario), esto no quedó consignado en
Se acoge el reclamo. Se deja sin efecto en todas sus partes la Notificación de Infracción N°1398433 de 9 de junio de 2017. Se condena en costas al Servicio de Impuestos Internos por carecer de motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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