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Tribunal del Biobio
INVERSIONES CEMENTO BIO BIO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 18-01-2018 · Materia: Liquidación
RECHAZA+1.000M Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones por falta de acreditación de gastos por intereses, partida de finiquito y pérdidas de arrastre, confirmando resoluciones del SII.
Inversiones Cementos Bio Bio S.A. reclama contra liquidaciones n°s 46 y 47 del SII (28 junio 2016) cuestionando deducciones de: (i) intereses pagados por fondos de matriz ($293.613.615 y $14.607.031); (ii) efecto finiquito acuerdos accionistas ($1.007.058.080); (iii) pérdidas tributarias de ejercicios anteriores. El SII rechazó estas partidas argumentando que los intereses no cumplían requisitos legales, el finiquito constituía aumento de patrimonio no deducible y las pérdidas de arrastre habían sido rechazadas en liquidaciones previas aún en litigio.
El tribunal analiza el artículo 31 de la LIR estableciendo requisitos para gasto deducible: necesariedad, pago/devengo durante el ejercicio, acreditación fehaciente, relación directa con el giro e inevitabilidad. Respecto a intereses: examina contrato de cuenta corriente mercantil (31 enero 2013) de términos genéricos sin comprobantes de transferencias. Concluye que fondos de 2001-2012 preceden al contrato, no permitiendo establecer realidad del gasto ni su necesariedad para giro de inversión. En finiquito: aplica principio contable de realización, señalando que 'castigo' de activo por menor i
Se rechaza íntegramente el reclamo. Se confirman liquidaciones n°s 46 y 47 del SII. Se condena en costas a la reclamante. Se ordena cumplimiento administrativo del fallo por Director Regional del SII.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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