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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
ACCIONA COPIAPO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 03-05-2018 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de ACCIONA COPIAPO S.A. contra denegación de devolución de $61.997.406 por PPM del AT 2013, por no acreditar suficientemente la procedencia de la devolución ante insuficiencia probatoria.
ACCIONA COPIAPO S.A. presentó declaración de renta AT 2013 solicitando devolución de $61.997.406 por pagos provisionales mensuales. El SII, mediante Resolución Ex. N°315200000047 de 19 de noviembre de 2013, denegó la devolución alegando inconsistencias en la declaración y falta de antecedentes aportados por el contribuyente para verificar gastos y créditos, especialmente observaciones sobre remuneraciones (A09) y pérdidas de ejercicios anteriores (F63).
El tribunal estableció que la carga probatoria recae en el contribuyente conforme al artículo 21 del Código Tributario. Aunque la reclamante aportó algunas documentación (Libro Mayor, Balance, declaraciones mensuales), no acreditó suficientemente su resultado contable de 2012 ni tributario de 2013 con documentos completos (Libro Diario, contratos de trabajo, liquidaciones, DJ 1879 y 1887). La resolución reclamada tiene fundamento en la inactividad probatoria del contribuyente durante la fiscalización. Conforme a artículos 30 y 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, los gastos deben acreditars
Se rechaza el reclamo, se confirma la Resolución Ex. SII N°315200000047. Se libera a la reclamante del pago de costas por haber tenido motivos plausibles para litigar. Cada parte paga sus costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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