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Tribunal del Biobio
ING SERV Y MANTENIMIENTO DE REDES HIDRÁULICAS con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 25-05-2018 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de empresa de servicios de redes hidráulicas, dejando sin efecto liquidaciones de IVA por servicios de inspección televisiva no afectos, confirmando reintegros de renta.
Ingeniería, Servicio y Mantenimiento de Redes Hidráulicas Ltda. prestaba dos servicios diferenciados: limpieza de redes (afecta a IVA) e inspección televisiva de colectores de aguas servidas (exenta de IVA) para clientes ESSBIO S.A. y NUEVOSUR S.A. desde septiembre 2014. El SII emitió liquidaciones 117-130 de febrero 2017 rechazando la exención de IVA en inspección televisiva, argumentando que se trataba de servicios integrales. La empresa reclamó, sosteniendo que son servicios autónomos con personal, equipamiento y contratación separada, respaldada en Ord. 357/2001 del SII que declara exenta
El tribunal analizó si se trataba de servicios independientes o integrales. Consideró que aunque se realizan en momentos distintos y por personal diferente, ello no les hace servicios integrales. Observó que los contratos 9804, 9803, 9798, 9802, 8954 y 7843 especificaban que las prestaciones eran de inspección televisiva únicamente, incluyendo anexos del presupuesto que separaban actividades afectas de exentas. Determinó que la actividad de inspección televisiva no se clasifica en artículos 20 números 3 ó 4 de la LIR sino en numeral 5°, no siendo grabada con IVA. Comparó la actividad con inspe
Se dejan sin efecto liquidaciones 117-128 de IVA de febrero 2017. Se confirman liquidaciones 129-130 de reintegro artículo 97 DL 824. Sin condena en costas. Director Regional debe cumplir administrativamente.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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