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Tribunal del Biobio
MV CLINICAL S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 25-10-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
PARCIAL Ha Lugar en Parte Revocatorio
Tribunal rechaza reclamo de MV Clinical S.A. contra liquidación del SII por gastos en comunicaciones y servicios a terceros no deducibles, por falta de relación directa con ingresos declarados.
MV Clinical S.A., sociedad que invierte en clínicas médicas, fue notificada de liquidación N° 359 (mayo 2017) exigiendo $184.318.745. La liquidación rechazó tres partidas de gastos: (1) $59.265.755 en comunicaciones (proyectos Telepresencia, Netglobalis e Intesis con GTD Teleductos); (2) $527.722.394 en servicios a terceros (asesorías, servicios legales e informes); y (3) $35.084.867 en otros egresos (esta última fue allanada por la reclamante). La empresa argumentó que los gastos fueron necesarios para apoyar sus inversiones en clínicas y maximizar rentabilidad.
El tribunal aplica el artículo 21 del Código Tributario, estableciendo que corresponde al contribuyente probar la deducibilidad de gastos. El SII sostiene que MV Clinical no es matriz de las clínicas sino accionista, por lo que estos gastos no reflejan relación con ingresos declarados por la empresa; si fuesen necesarios, lo serían de las clínicas, no de sus accionistas. La reclamante debería haber traído también los ingresos de servicios médicos si fuese matriz operacional. Los gastos cuestionados (comunicaciones, asesorías, servicios legales) carecen de nexo causal con la renta efectivamente
Se rechaza el reclamo interpuesto contra la Liquidación N° 359 de 4 de mayo de 2017, confirmando el acto administrativo del SII. Se condena en costas a la parte reclamante.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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