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Tribunal de la Araucanía
SOC. AGRÍC Y COMERC ALEJANDRO SECO Y HERMANOS LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 08-11-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidaciones que niegan deducción de gastos por usufructo en años 2014-2015-2016, considerando que no cumple requisitos del artículo 31 LIR.
Sociedad Agrícola Alejandro Seco y Hermanos Ltda. dedujo gastos por usufructo en declaraciones de impuesto de primera categoría años 2014, 2015 y 2016. El SII emitió liquidaciones números 441-443 (mayo 2017) rechazando estas deducciones por no reunir requisitos del artículo 31 LIR. Contribuyente constituyó usufructo a 18 años sobre inmuebles de grupo económico en quiebra, adelantando pagos de arrendamiento para garantizar continuidad del goce. SII cuestionó tanto la forma jurídica como la deducibilidad del gasto.
La controversia central es si el usufructo oneroso constituido es deducible como gasto necesario para producir renta. Contribuyente argumenta que usufructo es derecho real asimilable al arrendamiento (derecho personal) y que ambos generan el mismo resultado tributario: contribuyente no propietario paga suma para explotar predio. Cita sentencia Corte Suprema rol 10048/2015 y Oficio SII 3717/2003 como precedentes de adaptación contractual a realidad de hechos. Sostiene vulneración de garantías constitucionales (artículos 6, 7, 19 N° 20, 22, 26 CPR) y que SII cambió criterio interpretativo según
El fallo no aparece completo en el texto proporcionado. El documento termina cuando el SII inicia su contestación a la demanda, sin incluir el pronunciamiento final del tribunal ni su resolución respecto al reclamo.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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