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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CEMENTERIO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XVI DR SANTIAGO SUR
Fecha: 04-12-2018 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Cristhian Eduardo Navarrete Cottet
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Cementerio Metropolitano contra modificación de avalúo por $16.022.659.652 al no fundarse en causales taxativas del artículo 149 del Código Tributario.
Cementerio Metropolitano Limitada reclama resolución del SII que modificó avalúo del inmueble Rol 4200-1 (Lo Espejo) de $2.560.948.442 a $16.022.659.652, vigente desde 01.01.2014. El SII realizó revisión en 2016 conforme Plan de Fiscalización, efectuó visita el 25.11.2016, y mediante Resolución A16.2017.00009106 del 24.02.2017 fijó nuevo avalúo aplicando sistema de tasación padre-hijo, incorporando construcciones no registradas y aplicando coeficiente de ajuste por reavalúo no agrícola 2013.
El Tribunal establece que artículo 149 del Código Tributario es taxativo respecto de causales para reclamos de avalúo general. Artículo 150 hace aplicable el mismo procedimiento a modificaciones individuales de avalúo, diferenciándose solo en plazo. Para reclamos individuales de avalúo proceden, además de causales del artículo 149, aquellas de artículos 10, 11 y 12 de Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial. El reclamante fundamentó en falta de motivación de acto administrativo, causal no contenida en normas taxativas citadas. Además, Tribunal constata que contribuyente estuvo en conocimiento de
Se rechaza totalmente el reclamo de Cementerio Metropolitano contra Resolución EX.SII A16.2017.00009106 de 24.02.2017 que fijó avalúo de $16.022.659.652 para bien raíz Rol 4200-1. Se ordena cumplimiento administrativo por Director Regional SII. No se condena en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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