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Tribunal de la Araucanía
Olate Ceballos con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 14-12-2018 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de agricultor contra multa por no emitir guías de despacho en ventas de animales, confirmando infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario.
Osvaldo Luciano Olate Ceballos, agricultor, realizó dos ventas de bueyes a Mónica Cecilia Aravena Fuenzalida: primera venta el 13 de agosto de 2018 (8 bueyes por $3.808.000) con guía de despacho N°1080 y factura del 6 de septiembre; segunda venta el 2 de septiembre de 2018 (3 bueyes por $1.428.000) sin guía de despacho, solo FAM. El SII cursó infracción N°1449125 el 7 de septiembre de 2018 por no otorgar documentos legales tributarios en ambas operaciones. El contribuyente argumentó haber actuado conforme a la ley y solicita dejar sin efecto la infracción o multa mínima.
El tribunal constata que los testigos del SII (fiscalizadora Mónica Apablaza Fernández y Alejandro Reyes Pantillon) acreditaron que el contribuyente no emitió guías de despacho para ninguna de las dos ventas. Aunque el reclamante afirmó haber emitido guía N°1080 el mismo día de la primera venta, la fiscalización al cliente (Mónica Aravena) reveló que el contador manifestó que Olate nunca emitió guías, solo facturas mensuales. Las facturas N°59 y N°60 fueron efectivamente emitidas el 6 de septiembre, con posterioridad a la fiscalización del 4 de septiembre. La normativa requiere documento tribu
Se rechaza el reclamo y se declara configurada la infracción del artículo 97 N°10 del Código Tributario. Se condena al reclamante al pago de multa equivalente al 300% del valor de las operaciones no facturadas ($5.236.000) más seis días de clausura, con condenación en costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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