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Tribunal de Valparaiso
PIZARRO UGARTE con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 09-01-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Lily Paola Feliu Azzar
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente el reclamo contra liquidación que rechazaba créditos por PPM puesto a disposición de socios ($2.654.664), pero se rechaza la impugnación respecto del crédito de primera categoría por retiros ($154.958).
María Ignacia Pizarro Ugarte declaró en su Formulario 22 del año tributario 2014 un crédito de $2.654.664 por pagos provisionales puestos a disposición de socios (código 58) y $6.603.426 por crédito de impuesto de primera categoría por retiros (código 600). El SII emitió citación con observaciones A63 y G11 cuestionando la procedencia de estos créditos. Tras la respuesta, se dictó liquidación rechazando ambos créditos. La contribuyente reclama argumentando falta de fundamentación, que no se consideraron sus antecedentes, y que tenía derecho a rectificatoria.
El tribunal rechaza la alegación de falta de fundamentación, constatando que la liquidación contiene suficiente fundamento de hecho y derecho, y que el procedimiento de fiscalización fue conforme a la Ley 19.880. Respecto del crédito PPM ($2.654.664), se acredita que corresponde exactamente a lo informado por las sociedades en declaraciones juradas 1837 y está respaldado por certificados de pagos. En cuanto al crédito de primera categoría ($154.958 de diferencia), se constata discordancia: la contribuyente declaró $6.603.426 pero las sociedades informaron $6.448.468 en formularios 1886, genera
Se acoge en parte el reclamo. Se ordena modificar la liquidación eliminando el rechazo del crédito PPM de $2.654.664. Se mantiene firme la deducción por diferencia de crédito de primera categoría de $154.958. No se condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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