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Tribunal del Biobio
COM.HEREDIT.CONTIN.DE LA CAUSANTE MARIA ELVIRA CR con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 05-02-2019 · Materia: Liquidación
ACOGE Ha Lugar
Se acoged reclamo contra liquidaciones tributarias emitidas a comunidad hereditaria cuando la ficción legal del artículo 5 inciso 2 LIR ya había terminado al momento de su notificación.
María Elvira Cruz Magnani falleció el 21 de junio de 2013, instituyendo como herederos a su cónyuge Jorge Arnaldo Hidalgo Bravo (75%) y Fundación Familia Cruz Magnani (25%). El laudo y ordenata de partición se dictó el 12 de diciembre de 2014, fue firmeza certificada el 4 de marzo de 2015 y reducida a escritura pública el 12 de abril de 2016. El SII emitió liquidaciones números 720 a 722 el 8 de agosto de 2017, dirigidas a la comunidad hereditaria bajo ficción del artículo 5 inciso 2 LIR.
La ficción del muerto vivo conforme artículo 5 inciso 2 LIR rige mientras el patrimonio hereditario permanezca indiviso. Tal ficción se extinguió al dictarse el laudo el 12 de diciembre de 2014. Al momento de emitir las liquidaciones (8 de agosto de 2017), ya no existía comunidad hereditaria indivisa, por lo que debió aplicarse la regla general del inciso 1 del artículo 5 LIR. Las liquidaciones fueron indebidamente emplazadas a un contribuyente (comunidad hereditaria) que ya no existía en esa forma. El vicio es esencial conforme artículo 13 inciso 2 Ley 19.880, siendo el emplazamiento correcto
Se acoge el reclamo. Se dejan sin efecto la notificación y las liquidaciones 720 a 722 por estar indebidamente emplazadas, ordenándose proceder conforme artículo 5 inciso 1 DL 824. No hay condena en costas.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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