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Tribunal R. Metropolitana. Tercero
FLUOR CHILE INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN S.A con SII - DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Fecha: 27-02-2019 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Rechazo de devolución de IVA solicitada por Fluor Chile por servicios prestados a Fluor Techint. El tribunal confirma que no se acreditó que los servicios fueran indebidamente gravados ni que se cumpliera con requisitos para devolución.
Fluor Chile S.A. y Techint S.A. constituyeron en 2006 la sociedad Fluor Techint para prestar servicios al proyecto Pascua Lama. Fluor Chile prestaba servicios a Fluor Techint, quien los facturaba a Barrick Exploraciones Argentina S.A. (BESA). Entre 2008 y 2010, Fluor Chile recargó IVA a Fluor Techint por estos servicios. Fluor Techint obtuvo devoluciones de IVA Exportador, pero el SII cambió criterio en 2009, rechazando tales devoluciones y exigiendo reintegros. Fluor Chile solicitó devolución del IVA recargado indebidamente, petición denegada por Resolución 17100 N° 171/2014.
El tribunal analiza que, aunque existe una cadena de servicios subcontratados, no se probó que todos los servicios prestados por Fluor Chile a Fluor Techint fueran idénticos a los que Fluor Techint prestaba a BESA. El cambio de criterio del SII generó trato disímil, pero legalmente justificado porque ambas empresas se encontraban en circunstancias distintas. Para acceder a devolución conforme al artículo 128 del Código Tributario, debe comprobarse que la suma indebidamente recargada fue restituida a quien efectivamente soportó el gravamen (Fluor Techint), lo cual no ocurrió en este caso.
Se rechaza íntegramente el reclamo de Fluor Chile S.A. y se confirma la Resolución 17100 N° 171/2014 de la Dirección de Grandes Contribuyentes. Cada parte paga sus costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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