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Tribunal de los Rios
SOC COMERCIAL PALMA Y PALMA LIMITADA con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 28-02-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra denuncia de infracción por emisión de guía de despacho, ya que el SII anuló el acto antes de la notificación del reclamo, por contener errores en su redacción y notificación defectuosa.
Sociedad Comercial Palma y Palma Limitada fue denunciada por infracción al artículo 97 N°10 del CT, consistente en otorgar guía de despacho para traslado de frutillas, acelgas, lechugas y manzanas detectado en control carretero del 23 de noviembre de 2018. La notificación de infracción N°1413038 fue emitida el 21 de enero de 2019. El SII anuló posteriormente la notificación mediante Resolución Exenta N°19121 del 29 de enero de 2019, argumentando error en la redacción de la infracción y notificación a persona sin facultades legales.
El Tribunal analiza que la infracción denunciada es errónea, pues otorgar guía de despacho es precisamente lo que el contribuyente debe hacer, no una infracción. Además, constata que la notificación personal fue defectuosa al verificar la firma con iniciales p.p., evidenciando que no fue notificada al responsable, incumpliendo requisitos del artículo 12 del CT. La anulación por el SII se efectuó el 29 de enero de 2019, un día antes de que fuese notificada la presentación del reclamo el 30 de enero. Aunque existe jurisprudencia que impide modificar o dejar sin efecto actos una vez notificado el
Se rechaza el reclamo interpuesto por Sociedad Comercial Palma y Palma Limitada en contra de la Denuncia de Infracción N°1413038, sin condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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