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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
LEGG MASON CHILE INVERSIONES HOLDING LTDA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 14-03-2019 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Legg Mason por devolución de pagos provisionales de utilidades absorbidas, al no acreditar fehacientemente la pérdida por liquidación de filial invocada.
Legg Mason Chile Inversiones Holding Ltda. solicitó devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas por $847.649.220 en declaración de renta AT 2012. El SII cuestionó la partida extracontable 'Pérdida liquidación inversión en filial' por $5.485.430.612, originada en la liquidación de filial Legg Mason (Chile) Inversiones Ltda. en 2011, cuya pérdida de valor provenía de la venta de acciones de Legg Mason Administradora General de Fondos S.A. en 2008 a precio inferior al costo. El SII emitió Resolución N°2598 del 26.03.2013 rechazando la devolución por falta de acreditación fehacient
El tribunal estima que la deducción de pérdidas requiere acreditación fehaciente conforme arts. 30 y 31 de la LIR. Aunque la pérdida de la filial se generó en 2008, su utilización en 2012 permite fiscalización dentro del plazo de prescripción de 3 años. El SII estaba facultado para revisar la pérdida declarada en AT 2012, incluso si su origen remoto estaba prescrito, conforme jurisprudencia reiterada que permite fiscalizar pérdidas antiguas cuando se hacen valer en períodos posteriores no prescritos. La reclamante no acreditó suficientemente con documentos la venta de acciones, sus términos, c
Se rechaza íntegramente ambos reclamos, confirmándose la Resolución N°2598 y las Liquidaciones Nos. 16.501/253 y 16.500/254. Cada parte paga sus costas. El SII cumplirá administrativamente lo resuelto.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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