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Tribunal de la Araucanía
VALERIO EUSTAQUIO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 22-05-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Se acogió reclamo contra infracción por falta de emisión de guía/factura en traslado de verduras. El tribunal concluyó que el reclamante era propietario de los productos para consumo personal, no responsable solidario como sostuvo el SII.
El 27 de marzo de 2019, funcionarios del SII y Carabineros controlaron a Fredy Valerio Eustaquio en el sector Feria Pinto de Temuco. En su camioneta encontraron dos bolsas con lechugas y cebollines que trasladaba a Villarrica. El reclamante declaró haberlas comprado para consumo personal y familiar. El SII constató que era representante legal de un restaurante y lo infraccionó por no emitir documento tributario, imputándole responsabilidad solidaria como transportista que no identificó al vendedor.
El tribunal estableció que en infracciones tributarias la carga probatoria corresponde al SII, quien debe acreditar suficientemente los hechos sancionables, aplicándose principios constitucionales del derecho penal. Analizó que la infracción se fundamentaba en que no habría emisión de documento tributario conforme al artículo 55 de la Ley de IVA. Sin embargo, concluyó que el SII no demostró los presupuestos de hecho configuradores. Los funcionarios cuestionaron la credibilidad del relato del reclamante basándose solo en la cantidad de mercadería y su calidad de representante legal, sin evidenc
Se acogió el reclamo interpuesto por Fredy Valerio Eustaquio. Se dejó sin efecto la notificación de infracción N° 1407047 del 27 de marzo de 2019 cursada por el SII por infracción al artículo 97 N° 10 del Código Tributario. Se absolvió al SII del pago de costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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