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Tribunal de la Araucanía
CONST. FORESTAL TRANS. ROXANA VESTER ORTEGA EIRL. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 24-06-2019 · Materia: Liquidación
PARCIAL Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuesto único de 1ª categoría por tasación de renta según art. 35 LIR, al excluir contribuyentes de distinto giro en el cálculo del promedio de rentabilidad.
Contribuyente dedicada a construcción, forestal, transporte y arriendo de maquinarias fue fiscalizada por los años tributarios 2015 y 2016. No presentó libros contables ni documentación solicitada en plazo. SII tasó la renta aplicando porcentajes de rentabilidad de 44% (AT 2015) y 63% (AT 2016) sobre ventas brutas, basándose en promedio de contribuyentes del mismo ramo. Reclamante alegó que dichos porcentajes no se ajustan a su realidad, pues participa en licitaciones públicas con márgenes acotados (15% de utilidad y gastos generales).
Tribunal constató que SII incluyó en la muestra contribuyentes con actividades diversas al giro principal de la reclamante. Para AT 2015 incluyó a Inmobiliaria J.A. Rodríguez SpA (90% rentabilidad, con giros de inversiones mobiliarias y compraventa de inmuebles). Para AT 2016 incluyó a Liquidadora de Excedentes Industriales El Cardal Ltda (78% rentabilidad, dedicada a compraventa de excedentes industriales). Art. 35 LIR exige que contribuyentes de la muestra giren "en el mismo ramo", lo que implica identidad de actividad. SII no justificó inclusión de estos contribuyentes con rentabilidades ex
Acoge parcialmente reclamo. Modifica liquidaciones 808 y 809: establece rentabilidad 21,5% y base imponible $54.869.195 para AT 2015; rentabilidad 55% y base imponible $14.234.199 para AT 2016. Sin costas por acogimiento parcial.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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