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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
CIA DE INVERSIONES PEDRO DE VALDIVIA SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 14-08-2019 · Materia: Resolución · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Compañía de Inversiones Pedro de Valdivia S.A. contra resolución que deniega devolución de $211.199 por PPUA del AT 2009, por falta de acreditación de pérdida tributaria de arrastre.
La reclamante presentó declaración de impuesto a la renta AT 2009 solicitando devolución de saldo a favor de $211.199 por Pago Provisional por Impuesto de Primera Categoría de Utilidades Absorbidas (PPUA). El SII observó la declaración rechazando la devolución y cuestionando las pérdidas de arrastre de ejercicios anteriores. La pérdida de arrastre por $1.178.035.984 provenía de la venta de un inmueble ubicado en Avenida Los Conquistadores, Providencia, comprado el 5 de junio de 2001 por $4.784.223.000 y vendido el 10 de diciembre de 2001 por $3.594.047.800, en el marco de una operación de leas
El tribunal analiza los artículos 29, 30 y 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, concluyendo que las pérdidas tributarias deben acreditarse fehacientemente ante el Servicio, incluyendo toda la documentación contable y de respaldo. La reclamante no aportó el Libro Diario, Libro Mayor completo ni demás registros contables pertinentes para los años 2001-2008 que sustentaran la pérdida tributaria. Respecto de la devolución solicitada, tampoco acreditó fehacientemente los dividendos recibidos ni los créditos de primera categoría asociados. El tribunal rechaza la excepción de cosa juzgada al no en
Se rechaza el reclamo presentado y se confirma la Resolución Ex. N°915000003053 del SII de 18 de abril de 2012. Se ordena al Director Regional disponer el cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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