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Tribunal del Biobio
ABASOLO JIMENEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS VIII DR CONCEPCIÓN
Fecha: 15-10-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de Impuesto Global Complementario por período 2015, desestimando argumento sobre retiros efectivos por falta de prueba suficiente del contribuyente.
Eladio Abasolo Jiménez realizó retiros desde la sociedad Abasolo y Cía. Ltda. por $15.000.000 (06.10.2014) y $25.000.000 (30.12.2014), que inicialmente informó como reinversión a Inversiones Sagitario Ltda. En declaración de renta 2015 presentada el 29.04.2015 declaró retiros por $69.757.654 y crédito de primera categoría por $14.361.043, determinándose IGC a pagar de $10.363.458. El SII objetó el crédito mediante citación del 29.01.2018 y, ante falta de respuesta, emitió liquidación reclamada el 21.06.2018 por $13.861.331.
El tribunal analiza la carga probatoria conforme al artículo 21 del Código Tributario, estableciendo que corresponde al contribuyente probar la verdad de sus declaraciones con documentos, libros de contabilidad u otros medios legales. La apreciación de prueba se rige por sana crítica según artículo 132. El tribunal reconoce que la normativa tributaria opera bajo sistema de autodeclaración, pero establece que el contribuyente debe aportar antecedentes que fundamenten sus declaraciones cuando estas son impugnadas. En materia de retiros, estos pueden constituir crédito de primera categoría solo s
Se rechaza el reclamo de Abasolo Jiménez contra la liquidación N° 150400897, confirmando la actuación del Servicio de Impuestos Internos, con condenación en costas a la parte reclamante.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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