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Tribunal de la Araucanía
EL RINCON DE LAS DELICIAS SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 11-12-2019 · Materia: Artículo 19 N° 21 CPR · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Empresa solicita se ordene autorización para facturación electrónica denegada por SII debido a anotaciones preventivas por irregular comportamiento tributario de su representante legal.
EL RINCÓN DE LAS DELICIAS SPA, constituida el 9 de septiembre de 2019 con giro residencial, solicitó autorización para emitir facturas electrónicas. El SII IX Región denegó la solicitud argumentando que la representante legal, María Soledad Aguilera Soriano, tenía una actividad como persona natural sin término de giro desde 2009 (por enfermedad), participación en sociedad con deuda tributaria, y anotaciones preventivas vigentes en el sistema. La reclamante alegó que fue imposible cerrar la actividad anterior por falta de recursos económicos.
El SII sostuvo que las anotaciones preventivas (causales 42, 4302, 4310, 43, 3600, 5701, 8030 y 5530) son medidas de control del comportamiento tributario irregular, no prohibiciones absolutas. Estas anotaciones generan acciones de fiscalización determinadas para resguardar intereses fiscales. Específicamente, la anotación 5530 requiere concurrencia personal del contribuyente para levantar la restricción a la facturación electrónica. El SII argumentó que estas medidas constituyen un trato igualitario y mandato legal inherente a sus facultades bajo el DFL Nº 7/1980 y Código Tributario, no una v
El texto del fallo se encuentra incompleto en la sección dispositiva, no permitiendo establecer la resolución final del Tribunal Tributario y Aduanero respecto de la reclamación de la empresa.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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