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Tribunal R. Metropolitana. Cuarto
SECURITAS SA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 30-04-2020 · Materia: Liquidación
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de Securitas S.A. contra liquidaciones del SII por rechazos de provisión de ingresos, deudores incobrables, arriendo de vehículos y pérdida en venta de derechos sociales, por falta de acreditación probatoria en sede administrativa.
Securitas S.A., empresa de servicios de seguridad, reclama contra las Liquidaciones N°106 y 107 del SII (AT 2013, año comercial 2012). El SII rechazó: (1) Provisión de ingresos clientes por facturar ($662.306.732) por servicios sujetos a aprobación cliente; (2) Deudores incobrables ($149.821.625) por falta de cumplimiento de requisitos administrativos; (3) Arriendo de vehículos ($486.630.971) por inconsistencias documentales; (4) Pérdida en venta de derechos sociales de Securitas Austral ($412.149.173) por falta de prueba de costo de adquisición.
El Tribunal constata que la reclamante contabilizó provisión de ingresos en 2012 pero los dedujo en 2013, reconociendo que dichos ingresos fueron devengados en 2012 conforme a contratos suscritos, por lo que debieron tributarse en ese período sin deducción posterior. Respecto a incobrables, aunque se aportaron 75 certificados de incobrabilidad, faltó acreditación de gestiones administrativas y judiciales, con discrepancias entre montos certificados y facturados. En arriendo de vehículos, se detectaron inconsistencias documentales no desvirtuadas en sede administrativa. En venta de derechos, no
Se rechaza el reclamo y se confirman las Liquidaciones N°106 y 107 de 08/05/2014. Se exonera a la reclamante del pago de costas por haber tenido motivo plausible para litigar. Cada parte paga sus propias costas.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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