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Tribunal de Valparaiso
RENTAS ARDANTZA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS V DR VALPARAISO
Fecha: 01-06-2020 · Materia: Liquidación
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente contra liquidaciones del SII que cuestionan devolución de PPUA 2015, por no acreditar contabilidad fidedigna respecto de cuentas clasificadas como INTO.
Rentas Ardantza Ltda. presentó declaración de renta 2015 solicitando devolución de $11.849.059 por PPUA, declarando pérdida tributaria de $78.993.727. El SII autorizó la devolución el 31.03.2016. Posteriormente, mediante Citación N°124 del 17.08.2017, el SII solicitó acreditar partidas. El SII emitió liquidaciones N°59 y N°60 (09.04.2018) rechazando la devolución y determinando renta imponible de $13.530.131, principalmente por reclasificación de cuentas 'Otras Inversiones' y 'Cta. Cte. Afiliadas' como cuentas INTO, excluyéndolas del capital propio para corrección monetaria.
El tribunal analiza si el SII actuó dentro de plazo de caducidad. Concluye que la Ley 20.780 modificó el artículo 97 LIR (entrada en vigencia 01.10.2014), permitiendo al SII revisar devoluciones dentro de plazos de prescripción del artículo 200 CT. Examina la clasificación contable: la cuenta 'Otras Inversiones' corresponde a una cuenta corriente mercantil (artículo 602 Código Comercio) que no debe incluirse en capital propio tributario conforme artículo 41 LIR. Respecto 'Cta. Cte. Afiliadas', siendo cuenta corriente mercantil, debe tratarse como INTO. Considera que la prueba aportada por el c
Se rechaza el reclamo manteniéndose firmes las liquidaciones N°59 y N°60 del SII. Se determina que las cuentas cuestionadas corresponden a cuentas corriente mercantil que no deben incluirse en el capital propio tributario, sin condenar en costas.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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