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Tribunal de la Araucanía
AGRICOLA TRANCURA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 01-06-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Agrícola Trancura contra liquidación por subdeclaración de ingresos, al carecer de fundamento suficiente y adecuado la imputación del SII.
Agrícola Trancura Limitada fue citada por el SII en 2018 respecto a su declaración de renta 2016, con observación A08 por supuesta subdeclaración de ingresos por $28.620.225. La contribuyente declaró ingresos de $16.354.400 basados en facturas electrónicas. El SII emitió liquidación aumentando la base imponible sin especificar el origen de los ingresos impugnados. La contribuyente concurrió al SII el 13 de diciembre de 2018 con antecedentes contables pero no logró resolución.
El tribunal analizó que conforme al artículo 21 del Código Tributario, corresponde al contribuyente acreditar la verdad de sus declaraciones, pero el SII debe motivar debidamente sus actos administrativos según la Ley 19.880. La liquidación reclamada carece de fundamentos claros sobre qué ingresos no fueron declarados, su origen, fecha de percepción u otros detalles. Los antecedentes contables acompañados por la contribuyente (libros de ventas, balance general, resultado tributario) demuestran la corrección de su declaración y se condicen plenamente con los montos declarados. El SII no aportó
Se acoge el reclamo y se deja sin efecto la Liquidación N°160402284 de 3 de abril de 2019, al carecer el agregado a la base imponible de fundamento suficiente. No se condena en costas al SII por tener motivo plausible para litigar.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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