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Tribunal R. Metropolitana. Primero
RADDATZ ECHAVARRÍA con XV DRM STGO ORIENTE SII
Fecha: 11-08-2020 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Luis Alfonso Pérez Manríquez
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de tasación fiscal de inmueble en Vitacura por falta de prueba suficiente sobre error en clasificación, confirmando avalúo de $415.974.764.
Blanca Isabel Raddatz Echavarría es propietaria de un inmueble ubicado en Lo Recabarren 6791, Vitacura, rol 3249-4. El SII realizó reavalúo en 2018 aumentando la tasación de $310.485.284 a $415.974.764, equivalente a un incremento de 33,976%. La reclamante sostuvo que este aumento era desproporcionado, superior al IPC acumulado (15,3% desde 2014), y que el inmueble fue clasificado incorrectamente en el área homogénea HAB-042 con valor de $275.353/m², cuando áreas colindantes similares presentaban valores inferiores.
El tribunal analiza la causal del artículo 149 N°2 del Código Tributario sobre errónea aplicación de tablas de clasificación. Examina la metodología del SII de crear áreas homogéneas y asignar valores unitarios por metro cuadrado aplicando coeficientes correctores. Aunque reconoce que el SII cuenta con facultades discrecionales, indica que estas están limitadas por garantías constitucionales de proporcionalidad y justicia tributaria (art. 19 N°22 CPR). Sin embargo, concluye que la reclamante no acreditó suficientemente el error mediante prueba múltiple, grave, precisa, concordante y conexa con
Se rechaza el reclamo deducido por Blanca Isabel Raddatz Echavarría, se confirma el reavalúo del SII de $415.974.764 para el inmueble rol 3249-4, y no se condena en costas por haber motivo plausible para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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