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Tribunal de la Araucanía
INVERSIONES PRIMA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 22-09-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inversiones Prima Limitada contra liquidación de impuesto a la renta 2015 por diferencia de $1.124.617.259, desestimando excepciones de prescripción e incompetencia.
Inversiones Prima Limitada presentó declaración de renta 2015 determinando base imponible de $41.240.803. Posteriormente presentó declaración rectificatoria aceptada por el SII con base de $43.213.158. El SII practicó fiscalización mediante citaciones y requerimientos entre 2017 y 2018, y finalmente notificó Liquidación N° 534 de 30 de agosto de 2018 determinando diferencia de impuesto a la renta de primera categoría de $1.124.617.259 más reajustes e intereses, cuestionando ingresos por créditos contra sociedades extranjeras.
El tribunal analiza la prescripción de la acción fiscalizadora conforme artículo 200 del Código Tributario, considerando que el plazo de tres años más tres meses se cuenta desde vencimiento del plazo legal de pago. Respecto de la Ley N° 21.039 que modificó el artículo 200, el tribunal estima que no aplica retroactivamente a hechos ocurridos antes de su entrada en vigencia (1 de noviembre de 2017). Analiza la citación N° 55 de 30 de abril de 2018 como punto de referencia temporal. Respecto de la alegada incompetencia, examina que la liquidación contiene firmas de funcionarios competentes confor
Se rechaza el reclamo deducido por Inversiones Prima Limitada contra la Liquidación N° 534 de 30 de agosto de 2018, confirmando la determinación de diferencia de impuesto a la renta de primera categoría año tributario 2015.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
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Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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