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Tribunal de la Araucanía
Sociedad Agrícola y Transporte Fonseca SpA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS IX DR TEMUCO
Fecha: 04-12-2020 · Materia: Liquidación · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
PARCIAL Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Sociedad rechaza liquidaciones del SII por IVA y Renta Primera Categoría 2016-2018, argumentando que créditos fiscales corresponden al giro y que impuestos fueron pagados por proveedores.
La Sociedad Agrícola y Transporte Fonseca SpA fue fiscalizada por la IX Dirección Regional del SII, emitiéndose liquidaciones números 370 a 380 de 27 de agosto de 2019 que determinan diferencias de IVA en períodos de diciembre 2016 y marzo, septiembre a diciembre 2017, enero a marzo 2018, e impuesto de Primera Categoría para años 2017 y 2018. El SII rechazó múltiples créditos fiscales argumentando facturas ajenas al giro, doble contabilización, falta de acreditación de pago, débito fiscal no declarado. La sociedad impugna estas liquidaciones alegando que los gastos corresponden al giro, que lo
La reclamante argumenta que los créditos fiscales rechazados corresponden a operaciones del giro: calefacción de oficina mediante pellet y estufa (obligatorio por decreto laboral), mantenimiento de jardines conforme contrato de arriendo, compra de animales para explotación agrícola, fletes y servicios necesarios. Sostiene que cuando se acredita que el impuesto fue efectivamente declarado y pagado por el proveedor en arcas fiscales, conforme artículo 23 N°5 letra d) inciso segundo de la Ley de IVA, procede aceptar el crédito fiscal. Cuestiona la aplicación de criterios distintos en casos idénti
El fallo no especifica expresamente la resolución en el extracto proporcionado, siendo incompleto el texto a nivel dispositivo.
Artículos citados:
IA con citas verificables · 11.247 fallos del Tribunal Tributario y Aduanero · 6.567 oficios, circulares y resoluciones del SII
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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