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Tribunal de los Lagos
SISTEMA DE TRANSMISIÓN DEL SUR S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 02-03-2021 · Materia: Resolución · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Sistema de Transmisión del Sur S.A. por devolución de IVA pagado en exceso, estimando extemporánea la solicitud presentada el 31 de diciembre de 2019, fuera del plazo de 3 años contado desde el contrato de resciliación de 15 de diciembre de 2016.
STS e Hidroenersur celebraron contrato de peaje el 5 de enero de 2015 por $6.195.552.441 más IVA. El 15 de diciembre de 2016 suscriben acuerdo de resciliación parcial que extingue el 24% de las obligaciones. STS se obligó a restituir $1.775.000.689 (IVA incluido). El IVA pagado en exceso se consumió en períodos marzo-abril de 2017. STS solicitó devolución el 31 de diciembre de 2019, siendo rechazada por el SII por extemporaneidad y falta de acreditación de restitución a Hidroenersur.
El tribunal estima que el plazo de 3 años para solicitar devolución conforme al artículo 126 N°2 del Código Tributario se cuenta desde el acto o hecho que sirve de fundamento, siendo en este caso el contrato de resciliación del 15 de diciembre de 2016, no desde el pago efectivo de IVA en marzo-abril de 2017. Aunque el contribuyente argumenta que el plazo debe contar desde el pago efectivo de IVA excesivo, el tribunal rechaza esta interpretación por carecer de sustento legal y vulnerar el espíritu de la norma al eliminar todo plazo límite. Respecto del artículo 128 CT, estima que los elementos
Se rechaza en todas sus partes el reclamo interpuesto por Sistema de Transmisión del Sur S.A. y se confirma la Resolución Exenta N° 77320100406 del SII de 28 de febrero de 2020. Se exime al actor de las costas del juicio.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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