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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
INVERSIONES LOS AVELLANOS SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Fecha: 23-03-2021 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Inversiones Los Avellanos contra resolución del SII que rechazó pérdida de arrastre por venta de acciones a empresa relacionada, reconociendo que operación debe gravarse en régimen general de tributación.
Inversiones Los Avellanos SpA vendió acciones de Administradora de Franquicias Lomitón S.A. el 2 de enero de 2009 a Administradora de Franquicias Lomitón Argentina S.A. (empresa relacionada), generando pérdida tributaria. En 2015 declaró pérdida de arrastre por $7.252.843.232. El SII mediante Resolución Exenta N°2895 del 30 de agosto de 2018 rechazó parte de la pérdida, ordenando registrar la operación en Libro FUNT en lugar de FUT. La empresa interpuso recurso de reposición que fue rechazado.
El Tribunal constata que el inciso cuarto del artículo 17 N°8 de la LIR vigente en 2009 establece que cuando existe relación entre vendedor y comprador de acciones, el resultado debe gravarse en régimen general (Primera Categoría más Global Complementario o Adicional) y registrarse en Libro FUT. La relación entre las partes fue acreditada fehacientemente sin controversia. El Tribunal rechaza argumentos del SII respecto a carácter habitual y contexto de la operación, concluyendo que la existencia de relación es elemento objetivo establecido por ley. Respecto a prescripción, el Tribunal estima q
Acoge reclamo de Inversiones Los Avellanos SpA. Deja sin efecto Resolución Exenta N°2895 de 30 de agosto de 2018 emitida por SII. No condena en costas al Servicio por existir motivos plausibles para litigar.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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