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Tribunal R. Metropolitana. Segundo
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO PONIENTE con LATORRE CEPEDA
Fecha: 15-04-2021 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
ACOGE Ha Lugar
Tribunal confirma Acta de Denuncia por infracción al artículo 97 N°4 inciso 2° CT: contribuyente registró y declaró 4 facturas ideológicamente falsas para aumentar crédito fiscal de IVA sin respaldo, siendo multado en $2.139.210.
Oscar Fernando Latorre Cepeda, contribuyente afecto a IVA, recepcionó, contabilizó y declaró en sus Formularios 29 de mayo, junio, octubre y noviembre de 2018, un total de 4 facturas electrónicas emitidas por Comercializadora y Construcción JMA SpA (2 facturas) y Comercializadora y Construcción da Conceicao SpA (2 facturas), todas por compra de tambores de aceite. Las facturas registraban un IVA crédito total de $2.139.210. No acreditó la efectividad de las operaciones ni sus pagos, careciendo de respaldo documentario. Las empresas emisoras fueron identificadas como facilitadoras de operacione
El Tribunal analizó los requisitos del artículo 97 N°4 inciso 2° CT: (1) calidad de contribuyente afecto a IVA, verificado mediante F29; (2) realización de maniobras tendientes a aumentar créditos, acreditado por el registro y declaración de 4 facturas sin respaldo documentario de operaciones reales; (3) carácter malicioso de las maniobras, evidenciado por la mecánica deliberada de registrar y declarar IVA sin derecho alguno, sin gestionar ante el SII para desvirtuar los hechos ni rectificar las declaraciones. El contribuyente no presentó descargos ni desvirtuó los antecedentes. Se concluyó qu
Se confirma el Acta de Denuncia N°10 de 23 de octubre de 2020. Se aplica multa de $2.139.210 al contribuyente por la infracción del artículo 97 N°4 inciso 2° CT. Se ordena al Director Regional del SII emitir giro de multa una vez ejecutoriada la sentencia.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
📊 Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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